CONSULTA AQUÍ TU EXPEDIENTE DE NACIONALIDAD

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O si lo prefiere puede llamarnos al teléfono  807 464 712 y le daremos  la información del estado de su Expediente de Nacionalidad de forma inmediata.

 

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30 Consultas Legales a CONSULTA AQUÍ TU EXPEDIENTE DE NACIONALIDAD

  1. Edgar Daniel dijo:

    Sobre documentos para viajar de Paraguay a Europa

    • Abogados Extranjería dijo:

      Hola Edgar,
      Precise su consulta, pues dependerá del propósito de la visita (turismo, trabajo, estudios etc) para determinar el trémite a seguir y los requisitos necesarios.

      Un saludo
      Miguel González
      807 464 712

  2. Luis dijo:

    Hola, estuve en España y llevo casi tres años en Perú, mi pregunta…? como puedo viajar solo de turismo osea solo me gustaría ir a visitar a mis amigos y retornar.

    • Abogados Extranjería dijo:

      Hola Luis,
      Para venir a España de turismo, tendrá que gestionar el correspondiente visado ante el Consulado de España en Lima, y adjuntar a la solicitud entre otros documentos: carta de invitación o reserva de hotel que acredite el lugar de estancia durante su permanencia en territorio español, pasaporte vigente, reserva de billete ida y vuelta, seguro médico internacional y principalmente la acreditación de los medios económicos suficientes.

      Reciba un cordial saludo
      Miguel González
      807 464 712

  3. Maria José Caicedo Parrales dijo:

    Deseo saber si puedo viajar a España en Mayo y tengo el permiso de salir mi numero de cédula

    • Abogados Extranjería dijo:

      Hola María,
      Por favor precise el contenido de su consulta.

      Un saludo
      Miguel González
      807 464 712

  4. jhojana dijo:

    Como poder viajar a España

    • Abogados Extranjería dijo:

      Hola Jhojana,
      Sería tan amable de precisar el contenido de su consulta.

      Un saludo
      Miguel González
      807 464 712

  5. Lili dijo:

    Quiero viajar de Paraguay a España que documentacion necesito para eso? Quiero hacer turismo

    • Abogados Extranjería dijo:

      Hola Lili,
      Deberá presentar ante el control de Migraciones su pasaporte vigente, carta de invitación o reserva de hotel, billetes aéreos de ida y vuelta y principalmente acreditar la dispoción de medios económicos suficientes, a razón de 65 euros (como mínimo) por día de estancia.

      Un saludo
      Miguel González
      807 464 712

  6. Patricia Beatríz Aroca dijo:

    Hola estuve en España 8años y me regrese a mi país ecuador hace 6 años yo tenia residencia de trabajo, y tuve una hija en españa con nacionalidad española y me la traje conmigo a mi país y ahora quisiera regresar a España con mi hija como podría hacerlo

    • Abogados Extranjería dijo:

      Hola Patricia,
      Su hija no tendrá problemas para regresar a España pues es española. En su caso, al estar extinguida su residencia tendrá que gestionar el visado correspondiente ante el Consulado español de su país de residencia.

      Un saludo
      Miguel González
      807 464 712

  7. Juan Pablo dijo:

    Me gustaría saber Como puedo aser para obtener mi nacionalidad yo estoy en Ecuador y se que mi nacionalidad esta aprobada y me gustaría volver a España por ella pero estoy en mi país ya 4 años y mi tarjeta se caduca en septiembre del 2016 gracias por su respuesta

    • Abogados Extranjería dijo:

      Hola Juan Pablo,
      Si usted es titular de una tarjeta de residencia temporal no podrá estar fuera de territorio español por más de seis meses. En caso que tenga una tarjeta de larga duración no podrá permanecer más de doce meses. Según lo que nos indica, usted tendría una tarjeta de larga duración, razón por la cual al haber transcurrido fuera de España por 4 años, dicha autorización está caducada.
      En esas circunstancia usted no podrá regresar a España, pues ha perdido la residencia y tampoco continuar con la nacionalidad española, pues es preciso ser residente para obtenerla.

      Un saludo
      Miguel Gonzalez
      807 464 712

  8. Sandra dijo:

    HOLA TENGO UNA HIJA DE NACIONALIDAD ESPAÑOLA POR SIMPLE PRESUNCION REGRESE A MI PAIS ECUADOR MI HIJA YA TIENE QUINCE AÑOS Y LLEVA EN ECUADOR CATORCE A MI HIJA POR LGUN MOTIVO LE PUEDEN QUITAR LA NACIONALIDAD ESPAÑOLA

    • Abogados Extranjería dijo:

      Hola Sandra,
      Los españoles que no lo sean de origen (como es el caso de su hija) perderán la nacionalidad española si se da alguno de los siguientes supuestos:
      - Que después de adquirir la nacionalidad española utilizan durante un plazo de tres años la nacionalidad a la que hubieran renunciado al adquirir la española.(no aplicable en su caso porque ella tiene doble nacionalidad).
      - Cuando entren voluntariamente al servicio de las armas o ejerzan un cargo político en un Estado extranjero contra la expresa prohibición del gobierno.
      - Cuando una sentencia declare que el interesado incurrió en falsedad, ocultación o fraude en la adquisición de la nacionalidad española.

      Un saludo
      Miguel González
      807 464 712

  9. Gina dijo:

    Hola buenos dias
    Necesito saber sobre estuve 11 años en españa y no me ha dado la visa y ahora mismo estoy aqui en ecuadpr ya casi 4 años viviendo aqui y me gustaria viajar a españa turismo y puedo vivir ahi pero que debo hacer ademas el dni español se me ha caducado necesito saber y como hacer las consultas

    • Abogados Extranjería dijo:

      Hola Gina,
      Puede plantear sus dudas a través de esta vía. En su caso es preciso que aclare su consulta, pues por una parte habla de visado y por otra que tiene DNI español (que no es lo mismo que la tarjeta de residencia), es fundamental plantear claramente su consulta para poder responderle de la manera más adecuada.

      un saludo
      Miguel González
      807 464 712

  10. Jean carlo dijo:

    Hola que tal como podria irme a España allá tengo a mi mamá pero acá no estoy estudiando y no estoy trabajando solo quisiera ir de paseo nada más asi sea por un mes

    • Abogados Extranjería dijo:

      Jean Carlo,
      Dependiendo de tu país de origen, será necesario o no tramitar el correspondiente visado de turismo.
      En todo caso, en general para la obtención del visado se requiere pasaporte vigente, carta de invitación, billete de ida y vuelta, seguro médico internacional y fundamentalmente la acreditación de medios económicos. En tu caso al no tenerlos podría presentarse la documentación de tu madre.
      Finalmente es preciso también acreditar el arraigo en tu país de origen, es decir que tengas lazos en tu pais que impidan que eventualmente te puedas quedar en España.

      Un saludo
      Miguel González
      807 464 712

  11. Karla maldonado dijo:

    Buenas tardes mi consulta es :Yo tengo nacionalidad española me vine a ecuador hace 5años tuve un percance en la calle me asaltaron y me robaron todo puse la denuncia en la policia; y ahora mis papeles están caducados se me caducaron en el 2014 .Que puedo hacer para volver a obtenerlos. Gracias

    • Abogados Extranjería dijo:

      Hola Karla,
      Tendrá que iniciar el trámite de solicitud, tanto del pasaporte cono del DNI español ante el Consulado de España de su país de residencia. Ellos le requerirán la documentación necesaria para tales fines, siendo fundamental acreditar su condición de ciudadana española.

      Un saludo
      Miguel González
      807 464 712

  12. patricia dijo:

    Cómo puedo hacer o q necesito para poner viajar a España

    • Abogados Extranjería dijo:

      Hola Patricia,
      Los requisitos y el trémite dependerán de la finalidad del viaje, sea de turismo, estudios, residencia o trabajo.

      Un saludo
      Miguel González
      807 464 712

  13. maria dijo:

    buenas tardes mi pregunta es fui reagrupada por mi esposo pero tuve que regresar a mi pais Colombia pero mi tarjeta se caduco puedo regresar a españa y que debo de hacer? tambien quiero saber mi esposo pidio el retorno sera que el puede recuperar la tarjeta de residencia lleva un año fuera de España,muchas gracias por su orientacion

    • Abogados Extranjería dijo:

      Hola María,

      Si regresó a su país de origen y su tarjeta caducó, tendrá que empezar de cero para regresar nuevamente a España.
      En el caso de su esposo. al acogerse a un programa de retorno voluntario, deberá cumplir con el compromiso de no retorno durante el plazo establecido en la referida resolución, que por lo general es de tres años. Cumplido ese periodo podrá gestionar su trámite para ingresar nuevamente a España, el mismo que dependerá en cuando a la documentación que le será exigible, si al momento de solicitar el retorno contaba con una autorización de residencia temporal o de larga duración.

      Para mayor información puede ponerse en contacto con nosotros.
      Un saludo
      Miguel González
      807 464 712

  14. Carlos dijo:

    buenas tardes,pedi el retorno voluntario mi pregunta es puedo regresar a España despues de cumplir los 3 años que me dicen estar fuera del pais? tenia la tarjeta de los 5 años puedo volver a recuperarla? mi otra pregunta es mi esposa puede ir de turismo pues la tarjeta a ella se le vencio? muchas gracias por su orientacion un abrazo

    • Abogados Extranjería dijo:

      Hola Carlos,
      Una vez cumplido el plazo del retorno voluntario podrá gestionar ante el Consulado los trámites respectivos para retornar nuevamente a España.
      En el caso de su esposa (y dependiendo de su nacionalidad), en principio tendrá que tramitar el correspondiente visado para ingresar a territorio nacional.

      Un saludo
      Miguel González
      807 464 712

  15. Diego dijo:

    Hola soy colombiano con doble nacionalidad, resido en colombia hace tres años y quiero regresar a España a vivir en compañía de mi esposa y mis dos hijos, uno de los dos ya tiene la nacionalidad española y el otro tiene fecha para jurar en enero del 2017, se puede viajar sin inconvenientes a España con ellos?, puedo trasladar el expediente aprobado de mi otro hijo a España y que pueda jurar allí?
    Gracias

    • Abogados Extranjería dijo:

      Hola Diego,
      Lo recomendable es que coordine con el Consulado, a fin que procedan al traslado del expediente, y se pueda efectuar el proceso de jura en España.

      Un saludo
      Miguel González
      807 464 712

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